413.1 – Diversificación hacia actividades no agrarias ni forestales
Tipos de subvenciones
Subvenciones destinadas al inicio de actividades no agrarias ni forestales, por parte de miembros de la unidad familiar de una explotación agraria o forestal. Dichas actividades estarán relacionadas con los sectores secundario o terciario, excluyéndose las ayudas destinadas a la organización o participación en ferias o en actividades formativas.
Con carácter general la actividad de diversificación se llevará a cabo en las instalaciones de la propia explotación. No obstante, si existen beneficios para el desarrollo rural o incompatibilidades con el planeamiento urbanístico o la ordenación territorial, la actividad de diversificación se podrá desarrollar en el entorno, municipio o área rural próxima a la explotación.
Beneficiarios específicos
Cualquiera de los miembros de la unidad familiar de una explotación agraria o forestal.
Se considera “Miembro de la unidad familiar de la explotación”: Titular de la explotación (persona física o jurídica) o los socios de las personas jurídicas o del grupo de personas físicas o jurídicas, así como sus cónyuges o parientes por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado inclusive, siempre que realicen actividades agrarias de forma personal y directa en la explotación familiar con independencia del régimen de seguridad social en el que se encuentre integrado.
Conceptos subvencionables
Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles e instalaciones, incluida la adquisición de terrenos por un coste no superior al 10% del total de los gastos elegibles de la operación.
Compra o arrendamiento con opción de compra de maquinaria y equipo, incluidos los programas informáticos, hasta el valor de mercado del producto.
Costes generales relacionados con los gastos indicados en los puntos anteriores, como los honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, los estudios de viabilidad o la adquisición de patentes y licencias.